enero 25, 2026
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El plazo para solicitar el nuevo Sistema Especial de Pagos en Las Rozas finaliza el próximo 30 de septiembre

Desaparece el antiguo Sistema Especial de Pagos fraccionados del IBI, por lo que es necesario volver a solicitarlo a través del nuevo sistema.

Hasta el próximo 30 de septiembre, los vecinos de Las Rozas podrán solicitar la incorporación al nuevo Sistema Especial de Pagos Personalizado (SEPP) que ha puesto a su disposición el Ayuntamiento de Las Rozas. Este innovador sistema permite a los contribuyentes acogerse a sus ventajas a partir de enero de 2025. A continuación, te explicamos todo lo que necesitas saber para aprovechar sus beneficios.

Este sistema permite pagar de forma fraccionada y mediante domiciliación bancaria, con una bonificación del 5% en cada cuota, aplicable sobre cada una de las deudas incluidas en el SEPP, siempre y cuando no estuvieran ya bonificadas. Esto facilita la planificación financiera y reduce la carga económica a lo largo del año.

Requisitos para la solicitud

Para poder beneficiarte del SEPP, debes cumplir con los siguientes requisitos para la solicitud:

  1. Presentar la solicitud a través de la carpeta tributaria o presencialmente en el departamento de recaudación voluntaria (sólo para personas físicas).
  2. Domiciliar los pagos en una cuenta bancaria, asegurándose de que el titular de los recibos sea el mismo que el de la cuenta bancaria. Si no es así, será necesaria autorización del titular de la cuenta y certificado de titularidad.
  3. No tener deudas pendientes en período ejecutivo con el Ayuntamiento, excepto las que estén aplazadas, fraccionadas o suspendidas.

Tres modalidades de pago

El SEPP ofrece tres modalidades para que elijas la que mejor se adapte a tus necesidades:

  1. Dos plazos: 28 de febrero y 31 de octubre o día hábil posterior.
  2. Cinco plazos: 28 de febrero, y los últimos días de abril, junio, agosto y octubre, o día hábil posterior.
  3. Nueve plazos: 28 de febrero, y los últimos días de marzo a octubre, o día hábil posterior.

La bonificación del 5% es válida mientras se cumpla con los requisitos y el calendario de pagos. En caso de incumplimiento de los mismos o de baja del SEPP, se perderá la bonificación automáticamente, sin necesidad de notificación. La bonificación máxima es de 100 euros por solicitante.

Ajuste anual de pagos

El pago se calcula en base a las cuotas del año anterior y se ajusta anualmente. Todos los pagos del SEPP se realizarán por domiciliación bancaria. Las bonificaciones no se aplicarán en el caso de hacerlo mediante carta de pago.

Aprovecha esta oportunidad para gestionar tus pagos de manera más cómoda y beneficiarte de una bonificación adicional. No olvides que el plazo para solicitar tu incorporación al SEPP finaliza el próximo 30 de septiembre.

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